Desterremos la idea de que contratar personas con discapacidad es perjudicial para la empresa
Qué es la LISMI? La Constitución Española, en su artículo 49, establece que los poderes públicos deben trabajar para y por la integración de personas con discapacidad, prestando especial atención a que estas personas puedan disfrutar de los mismos derechos que cualquier ciudadano español.
De ese artículo de la Constitución y con ese objetivo, nació la LISMI, Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos. Esta ley establece que las empresas públicas y privadas que tengan más de 50 trabajadores deben tener un mínimo de personal con discapacidad.
Sin embargo, esta ley sigue siendo una Ley que no cumple casi nadie. Muchas empresas consideran que no tienen más alternativa para cumplir la ley, que contratar sin pensar en sus necesidades. Y por eso, muchas empresas rechazan hacerlo, porque buscan un perfil concreto difícil de cubrir, porque su sede no cumple los requisitos de adaptabilidad y con la subvención no pueden realizar la reforma,…
Pues bien, independientemente del motivo que les lleve a incumplir esta Ley, las empresas deben saber que si pueden justificar este incumplimiento ante la Administración Pública, pueden acudir a medidas alternativas y disfrutar de múltiples ventajas. Estas alternativas son:
- La contratación a través de un Centro Especial de Empleo.
- Donaciones a fundaciones o asociaciones de utilidad pública que fomenten la integración laboral de personas con discapacidad.
Contratación a través de un Centro Especial de Empleo
Nos vamos a centrar en la primera opción. Son muchas las ventajas que tiene contratar bienes o servicios a un Centro Especial de Empleo. La primera de ellas es que el Centro Especial de Empleo se ocupa de la formación de su personal, para que puedan desarrollar su trabajo con total normalidad, adaptado a su minusvalía. Además, durante la formación se pretende que el trabajador esté formado para desarrollar más de un puesto de trabajo.
Por otro lado, las empresas que contratan trabajadores con discapacidad obtienen beneficios fiscales, tanto en las cuotas a la seguridad social como en el impuesto de sociedades e IRPF.
Además, la contratación de servicios del Centro Especial de Empleo, siempre y cuando estén orientados al cuidado del medio ambiente, contribuyen a la obtención y renovación de la ISO 14001 Medioambiental.
Y por último, no olvidemos que la empresa está cumpliendo la ley y potenciando su imagen solidaria y su compromiso con la sociedad.
En definitiva, queremos desterrar la idea de que cumplir la LISMI es malo para nuestra empresa; todo lo contario. Y si tenéis alguna duda, en Acadis estamos para asesoraros y ayudaros a cumplir la ley y beneficiarte de todas sus ventajas.